La Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado en favor de una imputada que permanecía internada provisionalmente en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes y ordenó su inmediato traslado a un establecimiento asistencial de salud mental cercano a su domicilio que contara con especialidad psiquiátrica.
La mujer había sido formalizada en enero de 2026 como coautora de un robo con violencia, luego de que se le atribuyera participación en una agresión ocurrida durante la madrugada del 24 de enero, en la que una víctima resultó con una herida cortante profunda en el rostro, además de la sustracción de un teléfono celular y $50.000.
Inicialmente, el Juzgado de Garantía de Parral decretó su prisión preventiva. Sin embargo, posteriormente un informe hospitalario estableció que presentaba Trastorno de Personalidad Límite y Trastorno por policonsumo de drogas, antecedentes que llevaron al tribunal a suspender el procedimiento y disponer su internación provisional en la enfermería del recinto penitenciario de Cauquenes.
La defensa cuestionó que la medida se cumpliera en una cárcel y solicitó su traslado a un programa hospitalario de salud mental o, en subsidio, el reemplazo de la internación por arresto domiciliario o tratamiento ambulatorio.
La Corte de Talca había rechazado inicialmente el amparo. Entre sus fundamentos, sostuvo que la resolución del tribunal de garantía había sido adoptada dentro de sus atribuciones y que la defensa contaba con un recurso de apelación que no había utilizado oportunamente.
La Corte Suprema revocó ese fallo y acogió la acción constitucional, centrando su decisión en la condición de salud mental de la imputada y en la necesidad de que recibiera una atención acorde con su diagnóstico.
El máximo tribunal consideró especialmente relevante que el propio Juzgado de Garantía hubiera suspendido el procedimiento debido a las dudas existentes sobre el discernimiento de la imputada y, al mismo tiempo, mantuviera su internación en un establecimiento penitenciario ordinario.
A juicio de la Corte Suprema, ambas decisiones resultaban incompatibles, debido a que el recinto penal no se encontraba en condiciones de proporcionar adecuadamente la atención especializada que requería su condición.
Por ello, determinó que mantener a la imputada en esas circunstancias afectaba sus garantías constitucionales y ordenó adoptar de manera urgente las medidas sanitarias necesarias para su traslado.
La resolución dispuso que la mujer fuera trasladada de inmediato desde el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes al establecimiento asistencial de salud mental más cercano a su domicilio que contara con especialidad psiquiátrica.
Además, la Corte Suprema encomendó al Juzgado de Garantía de Parral adoptar todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo resuelto.


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