A 61 días de pena remitida son condenados amigos de Martín Larraín por Obstrucción a la investigación

Con esta sentencia Edwards y Gaete deberán pagar poco más de 86 mil pesos e ir a firmar a un recinto de gendarmería durante dos meses.

Junto a los 61 días de presidio remitido, beneficio obtenido por sus irreprochables conductas anteriores, se les suma una multa a beneficio fiscal de 2 Unidades Tributarias  Mensuales que deberán pagar Sofía Gaete y Sebastián Edwards tras ser condenados como autores del delito de obstrucción a la investigación y por el cual los acusó el Ministerio Público tras comprobarse que ellos entregaron testimonios falsos con el fin de ocultar la participación de su amigo Martín Larraín Hurtado, quien fue absuelto de conducir en estado de ebriedad causando la muerte, en el atropello que le costó la vida a Hernán Canales, hecho ocurrido el 18 de septiembre del año 2013 en el sector de Curanipe, costa sur de la Región del Maule.

En el Tribunal Oral y tras finalizada la audiencia de lectura de sentencia, a la que no se presentaron los acusados,  el fiscal jefe de la comuna Juan Pablo Pereira señaló que “nosotros mantenemos nuestras convicciones por los hechos que hemos acusado. Los jueces señalan que no tuvieron la convicción considerando el informe de la Siat de Carabineros como lo detallaron, pero nuestro parecer es todo lo contario ya que el informe de la Siat con todos los bemoles que tenía, era suficiente para establecer que el atropello ocurrió en la berma ya que se encontraron restos del vehículo en la berma y se encontró la huella de desplazamiento. Además había en la barrera de contención una limpieza producto de la fricción de la ropa del señor Canales Canales en ella. Por lo tanto, a través de aquello y la posición final del cuerpo el perito logró establecer la ubicación de la zona de impacto”

El fiscal Pereira resaltó ser respetuoso del fallo, pero que no lo comparte – dijo – razón por la cual lo próximo es revisarlo con detalle a fin de analizar los pasos a seguir, considerando que el Ministerio  Público procesalmente no tiene la posibilidad de recurrir de nulidad ya que esa instancia se efectuó cuando se solicitó a la Corte de Apelaciones anular el primer juicio  luego de que Larraín fuera condenado  por un delito menor a las pretensiones de la fiscalía y, por otro lado, se había absuelto a Gaete y a Edwards.

Por: Jaime Troncoso

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