#MAULECOSTA: La autoridad marítima definió el listado de playas no aptas para el baño en siete comunas de la región y reforzó las restricciones de acceso y uso del borde costero para reducir riesgos durante el verano.
La Capitanía de Puerto de Constitución fijó la nueva clasificación de playas bajo su jurisdicción para la temporada estival 2025-2026, conforme a la normativa vigente sobre seguridad marítima y al Reglamento General de Orden, Seguridad y Disciplina en las Naves y Litoral de la República. La resolución, que actualiza los criterios aplicados cada verano, sistematiza las zonas donde se prohíbe el baño y establece medidas adicionales para ordenar el uso del litoral.
Playas no aptas
La autoridad marítima agrupó las playas no aptas para el baño en siete comunas, debido a factores como condiciones de oleaje, corrientes peligrosas, accidentes geográficos, desembocaduras de ríos y falta de condiciones de seguridad para los usuarios.
La comuna de Constitución concentra la mayor cantidad de playas restringidas: Bahía Las Cañas; desembocadura del río Huenchullami; Calabocillos; Costa Blanca; El Cable; Los Gringos; Maguellines; Pellines; Piedra de la Iglesia; Potrerillos; Pullaullao; Punta Carranza; sector La Campana; Vega de los Patos; sector El Dique; isla Orrego y el río Maule.
En Pelluhue, la resolución incluye Lovel Van, Cardonal, La Greda, La Sirena, Las Vegas, Los Botes, Mariscadero, Piedra Amarilla, Piedra Rota, San Pedro, Sombrero, Tregualemu, Tres Peñas y Viaducto.
En Vichuquén, se declararon no aptas Aquelarre, Paula, Boyeruca, Lipimavida y Llico. En San Clemente, la restricción rige para el embalse Colbún. En Licantén, quedaron clasificadas como no aptas Ouao, Iloca y La Pesca. En Curepto, se incorporó La Trinchera, mientras que en Chanco la prohibición afecta a Loanco y Monolito.
Medidas complementarias y control del borde costero
La Capitanía reforzó además las restricciones de tránsito de vehículos motorizados en el terreno de playa, salvo aquellos autorizados para labores de emergencia o servicios marítimos. La instalación de carpas queda prohibida en sectores que no cuenten con condiciones sanitarias definidas por la autoridad competente. Ambas medidas se adoptaron conforme al D.S. (M.) 1340 bis y la Orden Ministerial n.º 2 del Ministerio de Defensa, que regulan el uso del borde costero y el resguardo de la seguridad pública.
La autoridad señaló que el cumplimiento de estas restricciones será fiscalizado durante toda la temporada estival, en coordinación con organismos públicos y equipos municipales.
Publicación y vigencia de la normativa
La clasificación oficial de playas permanecerá disponible y se actualizará de manera continua en www.137.cl
, plataforma de información ciudadana de la Autoridad Marítima. El objetivo es facilitar el acceso oportuno a datos de seguridad y orientación para habitantes y visitantes.
Listado:
Vichuquén
Aquelarre, Paula, Boyeruca, Lipimavida y Llico.
San Clemente
Embalse Colbún.
Licantén
Ouao, Iloca y La Pesca.
Curepto
La Trinchera.
Chanco
Loanco y Monolito.
Constitución
Bahía Las Cañas; desembocadura río Huenchullami; Calabocillos; Costa Blanca; El Cable; Los Gringos; Maguellines; Pellines; Piedra de la Iglesia; Potrerillos; Pullaullao; Punta Carranza; sector La Campana; Vega de los Patos; sector El Dique; isla Orrego; río Maule.
Pelluhue
Lovel Van, Cardonal, La Greda, La Sirena, Las Vegas, Los Botes, Mariscadero, Piedra Amarilla, Piedra Rota, San Pedro, Sombrero, Tregualemu, Tres Peñas y Viaducto.
