“Se impone al Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones de Chile, Gendarmería de Chile y al Poder Judicial el deber de intercambiar los datos personales de imputados y condenados”.
En el marco del complejo momento que vive la VII región en materia de seguridad ciudadana, el senador Manuel Antonio Matta destacó la aprobación de primer grupo de indicaciones del proyecto que facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos.
Asimismo, el parlamentario aclaró que el cuerpo legal tiene por objeto mejorar el funcionamiento de nuestro sistema procesal penal ante delitos de gran connotación social como son los robos, los hurtos y la receptación, de manera de aumentar la probabilidad de que los responsables de estos ilícitos sean objeto de condenas efectivas, que éstas se impongan por el tiempo que la ley establece y que se pueda distinguir y sancionar adecuadamente a primerizos y a reincidentes.
En esa línea, Matta explicó que se eleva a presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado (de 15 a 40 años de presión efectiva), el rango de la pena que corresponderá aplicar a quien, con motivo u ocasión del robo, cometiere además los delitos de homicidio, violación, castración, mutilaciones o lesiones graves que ocasionen incapacidad absoluta para trabajar.
Además, el representante DC comentó que si la víctima del robo queda además con lesiones graves que la inhabiliten temporalmente para trabajar, o bien fuere retenida bajo rescate o por un lapso mayor a aquel que resulte necesario para la comisión del delito, se aplicará al condenado una pena de presidio mayor, que va del grado medio al máximo. (De 10 a 20 años).
También, Matta aclaró que se dispone que en los delitos cometidos contra la propiedad (robo, hurto y abigeato), la aceptación expresa, por parte de los imputados, de los hechos y los antecedentes de la investigación en que se fundare un procedimiento abreviado, permite al fiscal o querellante solicitar una pena inferior en un grado al mínimo de los establecidos por la ley para esos delitos.
Finalmente, el legislador puntualizó que se impone al Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones de Chile, Gendarmería de Chile y al Poder Judicial el deber de intercambiar los datos personales de imputados y condenados, con el objeto de servir de elemento de apoyo a la labor investigativa en las diversas etapas del proceso penal y de colaboración para una eficaz y eficiente toma de decisiones de los tribunales de justicia y de sustento a las políticas de reinserción.

