Funcionarios se capacitaron en ley sobre convenio para pago deudas previsionales

Normativa legal establece beneficios para regiones afectadas por el terremoto. Sus características y requisitos fueron analizados en los Centros de Atención Previsional del IPS en Talca, Curicó, Linares, Cauquenes y Constitución para atender estas demandas.

Analizar las características de la ley 20.446, sobre convenios para el pago de las deudas previsionales, fue el objetivo de una capacitación que el IPS Maule, organizó para sus funcionarios en los Centros de Atención Previsional de Talca, Curicó, Linares, Cauquenes y Constitución.

El objetivo fue instruir a los funcionarios de las plataformas de atención sobre las exigencias que los empleadores deben cumplir para acogerse a este beneficio, que entre otras consideraciones incorpora requisitos diferenciados para las regiones afectadas por el terremoto de febrero pasado.

En ese sentido, la ley extiende a 24 meses el plazo para cancelar la deuda en las regiones afectadas, en tanto que el resto de los empleadores cuentan sólo con 18 meses para el mismo trámite.

Se informó asimismo, que en cualquiera de los dos casos, los empleadores interesados en suscribir estos convenios tienen plazo hasta el 2 de noviembre para realizar el trámite en la plataforma de atención del IPS.

Otra de las exigencias contempladas en esta normativa legal, para los empleadores afectados por el terremoto, es la presentación de una declaración jurada que acredite las consecuencias del sismo y visada ante la dirección del trabajo.

De igual manera, se establece que la no cancelación de tres cuotas, se traduce en la caducación del convenio y por tanto, en la pérdida del beneficio para el empleador.

La capacitación en todos los Centros de Atención Previsional del IPS en la Región del Maule, estuvo a cargo de Luis Martínez Villa, coordinador de clientes de la institución, quien resaltó finalmente, que el empleador que no puede acudir en forma personal a realizar este trámite y requiere ser representado por un tercero, deberá entregar un poder notarial que indique claramente este objetivo.

Por: Luz Eliana Morales

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